Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 23 y 24.

Garantías Procesales y Derecho a al libertad de conciencia.

INTOLERANCIA.

 

Conocer los derechos – y las obligaciones – de cada ciudadano es el primer paso para generar un acercamiento a una población más interesada en los aspectos políticos del país. En Heroísmo Agonizante 101, queremos hacer conciencia social y cívica sobre las garantías individuales.

En la siguiente serie, durante todo el mes de mayo, iremos analizando los derechos humanos, sus principios, las circunstancias en las que se suspenden, así como sus implicaciones en la vida diaria.

Para vivirlos hay que conocerlos – y a veces, exigirlos (pero con apego a la ley).

Los Derechos Humanos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Los derechos humanos reconocidos por la Constitución están ubicados a lo largo del texto y se encuentran vinculados en todos los artículos.

Con el objetivo de acercarnos al contenido de la Constitución en materia de derechos humanos haremos una breve referencia a los artículos que los mencionan:

ARTÍCULO 23º. GARANTÍAS PROCESALES

Ninguna persona podrá ser juzgada dos veces por el mismo delito, ya sea que resulte absuelta o condenada.

Los juicios criminales no tendrán más de tres instancias.

Queda prohibido absolver de la instancia. O sea que, al no poder condenar a una persona por falta de pruebas, no se podrá determinar en la sentencia que se puede iniciar otro juicio en su contra, para juzgarlo por el mismo delito.

ARTÍCULO 24º. DERECHO A LA LIBERTAD DE CONCIENCIA.

Toda persona tiene el derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, así como de adoptar aquellas que sean de su agrado.

También tendrá derecho a participar en las ceremonias y actos de cada religión, sin restricción alguna salvo por la prohibición de que no constituyan delito o bien el usar esta libertad con fines políticos.

La ley es clara: Una vez que se ha llegado a la resolución de un proceso legal, ya no se podrá volver a iniciar otro proceso por esa misma causa.

Además, de acuerdo al derecho a la libertad de conciencia uno puede creer en todo aquello que le venga en gana, sin importar si a las demás personas les gusta o no. Y es por eso la importancia de mantener una separación entre las fuerzas políticas de un país y las motivaciones de una religión dominante. No vaya siendo que alguna vez nos obliguen a creer en algo que no queremos…

Veremos.

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LA SERIE:

  1. ¿Qué son los derechos humanos?
  2. Las violaciones a los derechos humanos. 
  3. Los derechos humanos en México
  4. Principios de los derechos humanos.
  5. Derechos Humanos en la Constitución. Artículo 1.
  6. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 2 y 3.
  7. Derechos Humanos en la Constitución. Artículo 4. 
  8. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 5 y 6.
  9. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 7 y 8.
  10. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 9 y 10.
  11. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 11 y 12. 
  12. Derechos Humanos en la Constitución. Artículo 13.
  13. Derechos Humanos en la Constitución. Artículo 14.
  14. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 15 y 16.
  15. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 17 y 18.
  16. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 19 y 20. 
  17. Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 21 y 22.

 

Categorías: Civismo, Derechos Civiles, Derechos Humanos, Lecciones, México, Política, Política Mexica, Retórica de lo Trivial | 3 comentarios

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3 pensamientos en “Derechos Humanos en la Constitución. Artículos 23 y 24.

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