Si se honrara la herencia de nuestras raíces y se educara a los futuros ciudadanos, la situación cambiaría dramáticamente en muy poco tiempo.
Conocer los derechos – y las obligaciones – de cada ciudadano es el primer paso para generar un acercamiento a una población más interesada en los aspectos políticos del país. En Heroísmo Agonizante 101, queremos hacer conciencia social y cívica sobre las garantías individuales.
En la siguiente serie, durante todo el mes de mayo, iremos analizando los derechos humanos, sus principios, las circunstancias en las que se suspenden, así como sus implicaciones en la vida diaria.
Para vivirlos hay que conocerlos – y a veces, exigirlos (pero con apego a la ley).
Los Derechos Humanos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Los derechos humanos reconocidos por la Constitución están ubicados a lo largo del texto y se encuentran vinculados en todos los artículos.
Con el objetivo de acercarnos al contenido de la Constitución en materia de derechos humanos haremos una breve referencia a los artículos que los mencionan:
Artículo 2º. Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas; Derecho a la Autodeterminación de los Pueblos.
La nación mexicana es única e indivisible, tiene un carácter pluricultural que emana de sus pueblos indígenas originarios.
Los pueblos indígenas tienen derecho a su libre determinación bajo un reconocimiento autónomo constitucional sustentado en la unidad nacional.
Los pueblos indígenas tienen autonomía para decidir sus formas internas de convivencia; elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno; preservar y enriquecer sus lenguas; conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura.
México no es solamente la Condesa, Monterrey o Guadalajara. Somos un país rico – de riqueza y de ricura – en tradiciones y pueblos. Los integrantes de cada una de las culturas que conforma el país tienen derechos inalienables. No lo olvidemos, lectores y lectoras.
Artículo 3º. Derecho a la Educación.
Toda persona tiene el derecho a recibir educación hasta el nivel medio superior por parte del Estado.
Esta educación será gratuita, laica, apegada a los valores cívicos y científica.
Su propósito será desarrollar armónicamente las facultades del ser humano, destacando el respeto a los derechos humanos, y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
Este es uno de los derechos humanos más violentados en México – y si me apuran un poco, en todo el mundo. ¡¡¡ HACE FALTA EDUCACIÓN !!!
Casualmente, la observancia de éste mejoraría considerablemente la situación en cada uno de los rubros problemáticos de las relaciones humanas. A diferencia de lo que muchos creen, la educación es la solución.
Si se honrara la herencia de nuestras raíces y se educara a los futuros ciudadanos, la situación cambiaría dramáticamente en muy poco tiempo.
¿O ustedes que creen?
Veremos.
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Foto por Rogelio Rivera Melo
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