En el Artículo 4 de la Constitución hay mucha deuda. ¿Cómo la saldaremos? A fin de cuentas, todos somos México.
Conocer los derechos – y las obligaciones – de cada ciudadano es el primer paso para generar un acercamiento a una población más interesada en los aspectos políticos del país. En Heroísmo Agonizante 101, queremos hacer conciencia social y cívica sobre las garantías individuales.
En la siguiente serie, durante todo el mes de mayo, iremos analizando los derechos humanos, sus principios, las circunstancias en las que se suspenden, así como sus implicaciones en la vida diaria.
Para vivirlos hay que conocerlos – y a veces, exigirlos (pero con apego a la ley).
Los Derechos Humanos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Los derechos humanos reconocidos por la Constitución están ubicados a lo largo del texto y se encuentran vinculados en todos los artículos.
Con el objetivo de acercarnos al contenido de la Constitución en materia de derechos humanos haremos una breve referencia a los artículos que los mencionan:
Artículo 4º. Derechos a la Igualdad ante la Ley entre Hombres y Mujeres, al Desarrollo de la Familia, a la Alimentación, a la Protección de la Salud, al Medio Ambiente Sano, al Agua, a una Vivienda Digna, a la Identidad, de la Niñez, de Acceso a la Cultura y al Deporte.
Se establece que el varón y la mujer son iguales ante la ley. El estado garantizará las acciones necesarias para erradicar la violencia contra las mujeres y establecer las mismas oportunidades e igualdad en todos los ámbitos de la vida pública y privada.
El Estado protegerá la organización y el desarrollo de la familia, incluyendo el derecho a elección del número de hijos y el espaciamiento entre ellos.
Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado tiene que garantizar lo anterior.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud; si las personas hacen uso de los servicios de salud tienen el derecho de obtener prestaciones oportunas, profesionales, idóneas y responsables. El Estado otorgará los servicios de salud a través de la Federación, los Estados y municipios de acuerdo a lo establecido en la ley.
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado habrá de garantizar el respeto a este derecho. Quien ocasione un daño o deterioro ambiental tendrá las responsabilidades que establezcan las leyes.
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y fácil de obtener.
Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrada de manera inmediata desde su nacimiento. La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.
En todas las decisiones y actuaciones del estado se velará y cumplirá con el interés superior de la niñez; en ese sentido, el Estado debe garantizar de manera plena sus derechos. los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y a sus beneficios, así como a disfrutar de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia.
Toda persona tiene derecha a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo.
Si nos ponemos a leer, el Estado nos queda debiendo en todos los rubros mencionados. Y es aquí en donde entra nuestra labor como ciudadanos: exigir, exigir, exigir. Y cooperar para que el Estado cumpla con las obligaciones – a fin de cuentas todos somos México.
Veremos.
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Foto por Rogelio Rivera Melo
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